Requisitos para ser Martillero Publico
Requisitos, inhabilidades y Documentación Necesaria para ejercer la actividad de Martillero
A continuación le presentamos los requisitos, inhabilidades y documentación necesaria para ejercer la actividad de Martillero cada tipo:
I. Personas Naturales
a) Requisitos
- Ser chileno o extranjero con permanencia definitiva en Chile.
- Haber aprobado el ciclo de enseñanza media o acreditar estudios equivalentes.
- Contar con un capital propio de un monto igual o superior a 1.500 U.F.
b) Inhabilidades
- Haber sido cancelado en el Registro Nacional de Martilleros.
- Ser menor de edad.
- Ser fallido no rehabilitado.
- Haber sido declarado en quiebra en su actividad de martillero.
- Haber sido condenados por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, mediante resolución ejecutoriada.
c) Documentación Necesaria
- Copia por ambos lados de la Cédula Nacional de Identidad. En el caso de extranjeros, el respectivo certificado de permanencia definitiva en Chile.
- Certificado de Estudios que acredite haber aprobado el ciclo de enseñanza media o acreditar estudios equivalentes (Certificado MINEDUC) u otro que contenga un medio de verificación en línea.
- Estado de Situación o Balance visado por un contador autorizado.
- Antecedentes que acrediten un capital propio de un monto igual o superior a 1.500 U.F. Para estos efectos se requiere remitir antecedentes que permitan demostrar la valorización del capital propio del solicitante (*)
- Certificado de deudas emitido por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras respecto de las deudas consignadas a nombre del solicitante.
- Certificado de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento que acredite que el solicitante no figura en el Rol General de Quiebras.
- Certificado de Antecedentes para fines especiales.
II. Personas Jurídicas
a) Requisitos
- Estar legalmente constituidas como sociedades.
- Que el objeto único de la empresa o sociedad sea “Vender en pública subasta al mejor postor de toda clase de bienes corporales muebles.”
- Contar con un capital propio de un monto igual o superior a 4.000 U.F.
b) Inhabilidades respecto de la mayoría de los directores o representantes legales de la sociedad:
- Que se les hubiere cancelado la inscripción en el Registro Nacional de Martilleros.
- Ser menor de edad.
- Ser fallido no rehabilitado.
- Haber sido declarado en quiebra en su actividad de martillero.
- Haber sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, mediante resolución ejecutoriada.
c) Documentación necesaria
- Copia autorizada de la inscripción social en el Registro de Comercio o Certificado de Estatuto Actualizado, de Anotaciones y Vigencia en caso que la sociedad se haya constituido o migrado al régimen simplificado (Registro de Empresas y Sociedades)
- Certificado de Vigencia de la sociedad.
- Copia autorizada de la escritura de constitución de la sociedad en la que conste que su único objeto es la venta en pública subasta y al mejor postor de toda clase de bienes corporales muebles.
- Estado de Situación o Balance visado por un contador autorizado.
- Antecedentes que acrediten un capital propio de un monto igual o superior a 4.000 UF. Para estos efectos se requiere remitir antecedentes que permitan demostrar la valorización del capital propio del solicitante. (* )
- Certificado de Deudas emitido por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras respecto de las deudas consignadas a nombre de la sociedad solicitante.
- Certificado de la Superintendencia de Quiebras que acredite que la sociedad solicitante no figura en el Rol General de Quiebras.
- Respecto de los Directores o Representantes Legales de la sociedad solicitante:
- Certificado de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento que acredite que los Directores o Representantes Legales de la sociedad solicitante no figuran en el Rol General de Quiebras.
- Certificado de antecedentes para fines especiales de los Directores o Representantes Legales de la sociedad.
- Copia autorizada de la escritura pública o Estatuto Actualizado en que conste la calidad de director o representante legal de la sociedad solicitante.
- Copia Cédula Nacional de Identidad.
III. Dependientes de sociedades
a) Requisitos
- Ser chileno o extranjero con permanencia definitiva en Chile.
- Haber aprobado el ciclo de enseñanza media o acreditar estudios equivalentes.
- Que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Martilleros.
b) Inhabilidades
- Aquellos a quienes se les hubiere cancelado la inscripción en el Registro Nacional de Martilleros.
- Ser menor de edad.
- El fallido no rehabilitado.
- El que hubiere sido declarado en quiebra en su actividad de martillero.
- Los que hubieren sido condenados por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, mediante resolución ejecutoriada.
c) Documentación necesaria
- Certificado de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento que acredite que el dependiente de la sociedad solicitante no figura en el Rol General de Quiebras, enlace certificado.
- Certificado de antecedentes para fines especiales del dependiente de la sociedad solicitante.
- Copia Cédula Nacional de Identidad.
- Certificado de Estudios que acredite haber aprobado el ciclo de enseñanza media o acreditar estudios equivalentes (Certificado MINEDUC) u otro que contenga un medio de verificación en línea.
* Respecto de los bienes con que se acreditará el capital exigido por Ley, se deben adjuntar a su solicitud de inscripción de martillero público los siguientes documentos sustentatorios:
- Bienes inmuebles
- Copia de Inscripción del Conservador de Bienes Raíces correspondiente.
- Certificado de Dominio con vigencia.
- Certificado de Hipotecas, Gravámenes y Prohibiciones.
- Certificado de Avalúo Fiscal.
- Tasación comercial (opcional).
- Bienes muebles
- Inventario valorado por un perito tasador.
- Declaración jurada que son de su exclusivo dominio.
- Vehículos motorizados
- Certificado de Inscripción.
- Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) vigente.
- Permiso de Circulación al día.
- Respecto de acciones, bonos y demás valores mobiliarios,
- Certificado otorgado por la respectiva entidad emisora de los mismos, la cual debe contener un medio de verificación.
- Depósitos de dinero a plazo no inferior a 12 meses
- Certificado o comprobante de la entidad correspondiente.
Normativas asociadas a Martilleros
- Ley N° 18.118, Legisla sobre el Ejercicio de la Actividad de Martillero Público.
- Decreto Supremo N° 197, de 1985, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba Reglamento de la ley N° 18.118 sobre el Ejercicio de la Actividad de Martillero Público.
- Ley N° 19.880, Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de la Administración del Estado.
Fuente : Ministerio de economia